¿Te has hecho alguna vez esta pregunta?… Pues bien, si tienes un préstamo hipotecario con una entidad bancaria, y lo pagas en una cuenta abierta en dicha entidad, a la cual estas obligado por requerimiento de esa entidad bancaria, y te cobran mantenimiento por tener esa cuenta o te suben periódicamente la cuota de mantenimiento de la cuenta. No debes tener duda alguna, «TE ESTAN ROBANDO A MANO ARMADA».
Si, así es, no hay ninguna duda después de comprobar la resolución del Banco de España sobre un caso similar, concretamente el mío, el cual hoy os expongo para que toméis conciencia de este hecho y abuso por parte de los bancos. Estas entidades financieras, las cuales nos quieren vender como confiables y honestas y en las que casi todos confiamos y de las que nos tragamos inocentemente todo lo que nos dicen, son en realidad un nido de ladrones y estafadores robando a los incautos.
Según indica la resolución del servicio de reclamaciones del Banco de España, ningún cliente debe pagar por tener una cuenta para el pago de un crédito, máxime cuando es la propia entidad la que obliga a ello y es la entidad la que se beneficia de que esté a su disposición esa cuenta como medio de cobro. Según informa el BE, seria como cobrar a un cliente por cumplir con su obligación de pagar las cuotas, es sin duda un despropósito, un sin sentido y un abuso.
En la resolución se indica claramente que:
«en los prestamos hipotecarios formalizados con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden EHA/2899/2011 (29 de Abril de 2012)… , no es posible el cobro de comisiones en las cuentas vinculadas a prestamos hipotecarios, siempre que estas se usen solo y exclusivamente para la gestión del préstamo.»
Y también que:
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«los prestamos formalizados con posterioridad a la entrada e vigor de la nueva normativa… se podrá cobrar mantenimiento de las cuentas vinculadas a los prestamos hipotecarios… siempre que se cumplan con las exigencias establecidas en la nueva normativa, esto es, (i) que se haya informado previamente a los clientes, en el documento de entrega obligatoria previa, acerca de la exigencia -en su caso- de contratar la cuenta vinculada; (ii) que se informe, de la parte del coste total que corresponde al mantenimiento de dicha cuenta; (iii) que tanto la contratación como su coste se recoja expresamente en el contrato; y, (iv) que dicho coste no pueda ser modificado unilateralmente por la entidad a lo largo de la vida del préstamo.»
Por esto a continuación les dejo la resolución integra enviada por el centro de reclamaciones del Banco de España, de esta forma podrán leerla y examinarla en su totalidad, os aseguro que no tiene desperdicio.
Así que, si estais en una situación similar, en la que vuestro banco os cobra comisión de mantenimiento por una cuenta a la que os obliga el propio banco para el pago de un préstamo hipotecario, o el banco os esta subiendo la comisión de mantenimiento de dicha cuenta sin vuestro consentimiento, no lo dudes ni un instante, «RECLAMA, RECLAMA AL BANCO, AL BANCO DE ESPAÑA Y A LA OFICINA DEL CONSUMIDOR DE TU LOCALIDAD».
A ver si todos reclamamos y se enteran de una vez por todas que no pueden robarnos impunemente.